LOS SEGUROS Y LAS FICHAS

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Jorge
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LOS SEGUROS Y LAS FICHAS

Mensaje por Jorge »

Enlace con el artículo sobre costes de la ficha federativa y su relación con el seguro
Ficha Cicloturista - Seguro
Por si falla el enlace, a continuación el texto del artículo:

Nos escribe un lector con esta duda:
Este año ha subido la licencia de cicloturista una barbaridad. Dicen que es por el incremento de la prima del seguro de accidentes. ¿Merece la pena federarse?
Contesto tu pregunta, puesto que esta duda es manifestada por la casi totalidad de los ciclistas con los que convivo a diario. La respuesta: depende de lo que vayas a hacer como cicloturista.
Me explico: aunque el cicloturismo sea una actividad que excluye la competición como definición (art. 1 del Reglamento de Cicloturismo de la RFEC), se considera una modalidad deportiva federada que está dentro del deporte ciclista federado con categoría de licencia denominada "Cicloturista". Aunque no sea competitiva, la licencia que la ampara posee los mismos requisitos legales que la de los competidores, y obliga al mismo seguro que al resto, y que viene regulado por el RD 849/1993.

El seguro que regula esta normativa es el de "accidentes", y es obligatorio para todos los federados de cualquier deporte. Este seguro por ley posee estas coberturas:

1º Asistencia médico-quirúrgica y sanatorial en accidentes ocurridos en el territorio nacional, sin límites de gastos, y con un límite temporal de hasta dieciocho meses desde la fecha del accidente.
2.º Asistencia farmacéutica en régimen hospitalario, sin límite de gastos, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente.
3.º Asistencia en régimen hospitalario, de los gastos de prótesis y material de osteosíntesis, en su totalidad, y con un límite temporal de dieciocho meses desde la fecha del accidente.
4.º Los gastos originados por rehabilitación durante el período de dieciocho meses desde la fecha del accidente.
5.º Asistencia médico-quirúrgica, farmacéutica y sanatorial en accidentes ocurridos en el extranjero, hasta un límite, por todos los conceptos, de 1.000.000 de pesetas, y con un límite temporal de hasta dieciocho meses desde la fecha del accidente. Esta prestación es compatible con las indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales, motivadas por accidente deportivo, que se concedan al finalizar el tratamiento.
6.º Indemnizaciones por pérdidas anatómicas o funcionales motivadas por accidente deportivo, con un mínimo, para los grandes inválidos (tetraplejia), de 2.000.000 de pesetas.
7.º Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca como consecuencia de accidente en la práctica deportiva, por un importe no inferior a 1.000.000 de pesetas.
8.º Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca en la práctica deportiva, pero sin causa directa del mismo, por un importe mínimo de 300.000 pesetas.
9.º Gastos originados por la adquisición de material ortopédico para la curación de un accidente deportivo (no prevención), por un importe mínimo del 70 por 100 del precio de venta al público del mencionado material ortopédico.
10.º Gastos originados en odonto-estomatología, por lesiones en la boca motivadas por accidente deportivo. Estos gastos serán cubiertos hasta 40.000 pesetas como mínimo.
11.º Gastos originados por traslado o evacuación del lesionado desde el lugar del accidente hasta su ingreso definitivo en los hospitales concertados por la póliza del seguro, dentro del territorio nacional.
12.º Asistencia médica en los centros o facultativos concertados en todas las provincias del territorio nacional.
13.º Libre elección de centros y facultativos concertados en toda España.

Como veis es un seguro que supera con mucho las coberturas de las pólizas ciclistas alternativas, que suelen indemnizar los días por estancia hospitalaria (no el tratamiento, ojo) y un seguro de Responsabilidad Civil por la práctica del ciclismo, que por lo demás también estaría incluido en la propia licencia federativa.

Problema: que el ciclismo posee alto número de siniestros por caídas que necesitan de ingreso hospitalario y posterior tratamiento. Basta una caída accidental para que se evacúe al accidentado a un hospital, se le hagan pruebas diagnósticas y se le derive a los servicios de traumatología caso de existir alguna fractura o lesión. Por ese emotivo las aseguradoras han subido la prima, porque no les resulta "rentable" y la obligación que impone la ley es de cobertura completa y obligatoria durante 18 meses. Además el entrenamiento es parte de la actividad deportiva, por lo que cualquier accidente estará cubierto cuando eres federado, desde atropellos hasta caídas cuando estás sobre la bici, aunque sea al ir a por el pan. Tenedlo claro porque algunas federaciones territoriales lo niegan por la razón de que han suscrito seguros con coberturas que excluyen los tratamientos médicos por los atropellos o cuando se coge la bici fuera de las salidas oficiales de Club o de las marchas cicloturistas. Pero es ilegal que las federaciones suscriban un seguro por debajo de los mínimos.

Sugiero que pidáis copia íntegra de la póliza donde aparezcan los costes reales que se repercute por cada federado de los seguros de la licencia, porque me ha llegado la constatación de que en algunos lugares los cicloturistas están pagando del importe la póliza de accidentes suscrita mucho más que lo que corresponde, así que es conveniente que sepáis realmente qué coste se establece por federado. La Federación que sea no se puede negar a entregar esta copia íntegra, sin tachaduras u omisiones, y si se niegan u os entregan la póliza "capada", denunciadlo a la Dirección General de Seguros. Y recordar que este es año electoral y se vota los cargos federativos, por lo que si queréis cambiar las cosas estáis en vuestro derecho.

Por lo que ¿merece la pena federarse? Si vas a hacer marchas cicloturistas no te cabe otra, pero si tan solo sales con el club y entrenas por tu cuenta, y lo que quieres en montar en bici, pues tienes que valorar si te merece la pena el desembolso por el que se ha incrementado más de un 100% el importe de la licencia en un solo año. El art. 9 del Reglamento de Cicloturismo considera la salida de club como "excursiones colectivas", y excluye la misma como actividad propiamente federada, y por tanto los participantes son usuarios normales de las vías, por lo que el hecho de salir con el Club no te obliga a estar federado, por mucho que algunas Territoriales afirmen lo contrario.

Si tienes seguro de hogar ya tienes cubierta tu responsabilidad civil personal, y si tienes seguro sanitario privado, también te cubre los accidentes en los que te veas involucrado, y a mal, será la Seguridad Social quien te cubra el tratamiento sanitario, aunque ya sabemos cómo funciona y la lista de espera que hay que soportar si la lesión no causa un ingreso por urgencias. Eso si no participas en marchas, insisto, y si tu única pretensión es gozar con tu peña o tu club en las salidas dominicales.

En todo caso habrás de decidirlo tú mismo.
"Las únicas cadenas que dan libertad son las de las bicicletas"
Imageneeeesoestodo amigos

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